viernes, 16 de marzo de 2007

Asociación de internautas en Chile

Qué lástima que en nuestro país no seamos capaces de organizar y mantener una organización de usuarios de internet cómo se ha hecho en otros países, un caso de imitar es el de España con la Asociación de internautas su objetivo es defender mejor entre todos nuestros intereses frente a las grandes compañías de telecomunicaciones, proveedores, empresas informáticas y, por supuesto, ante cualquier organismo competente en esta materia.

Este es un tema que requiere de nuestra participación y apoyo para lograr verdaderos resultados en conjunto.

2 comentarios:

Lug Pizarnik dijo...

Continuando con el tema anterior (..¿a quién pertenecen?) y relacionándolo con la asociación de internautas, ¿no procede recurso alguno contra tal medida?

Un recurso de proteccion por vulnerar el numeral 4to del artículo 19 de la CP parece procedente...

¿Por qué se permite el "tráfico de información" (DICOM por ejemplo)?

(Me atre el campo del Dº Informático pero me falta aprender muchas cosas todavía)

Andres Pumarino Mendoza dijo...

Los datos son personales, más aun son considerados en el caso de salud datos sensibles y deben ser considerados del paciente. La ley 19.628 lo considera asi.

El flujo de información, es producto de la debilidad de nuestra legislación y la falta de una autoridad de control en esta materia.