viernes, 1 de febrero de 2008

Proyecto de Ley que regula el uso de medios informáticos en el trabajo


El 8 de enero del 2008 ha ingresado en el primer trámite constitucional en la Cámara de Diputados el proyecto de ley N° 5662 13, que Regula el uso de medios informáticos en el trabajo, ello debido a que el uso de instrumentos informáticos es en la actualidad una de las mayores herramientas utilizadas en la prestación de servicios laborales. En gran parte de las áreas de nuestra economía, el uso de software, utilidades de redes informáticas, correo electrónico, servicios de mensajería instantánea, y otras de similar naturaleza, generalmente basadas en la tecnología Internet, han posibilitado el intercambio de información de manera rápida y eficaz. Por tal motivo se propone una modificación al artículo 154 del Código del Trabajo la propuesta es la siguiente:
Artículo único. Incorpórense los siguientes incisos 2°, 3, 4° y 5° al artículo 154 bis del Código del Trabajo:

"En todas aquellas funciones que involucren el uso de medios informáticos o virtuales para el intercambio de información, sean o no propiedad del empleador, éste no podrá interceptar o acceder a las comunicaciones privadas enviadas o recibidas por los trabajadores.";
"Asimismo, no podrá almacenar datos personales obtenidos a partir de las anteriores herramientas, sin su consentimiento.";
"Lo establecido en el inciso anterior, se entenderá, sin perjuicio de su facultad para limitar o restringir el uso de los anteriores medios para aquellos ámbitos que excedan las funciones prestadas por el trabajador.";
"El empleador deberá informar oportunamente al trabajador de las restricciones al uso de los medios señalados.".

Puede descargar el proyecto de Ley desde el siguiente link: http://sil.congreso.cl/cgi-bin/sil_abredocumentos.pl?1,6069

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