martes, 19 de agosto de 2008

Funcionarios públicos e información privilegiada: Faltan normas de autocontrol


Según un articulo publicado en El Mercurio el domingo pasado desde 2004 a la fecha, la SVS ha sancionado a 24 personas y ha realizado en promedio 20 investigaciones al año. En ellas, nunca ha estado involucrado un empleado de otras reparticiones del Estado que cuentan con antecedentes sensibles para los mercados.

La ley del mercado de valores le da un rol preponderante a la Superintendencia de Valores y Seguros para vigilar a los funcionarios públicos, pero específicamente a aquellos que tengan labores en organismos fiscalizadores. En ese terreno entran la Superintendencia de Pensiones y la de Bancos.En esta última entidad reconocen que sus empleados sí manejan información privilegiada y además la Ley de Bancos establece que les queda prohibido revelar información o entregarla a terceros.

Ni en la Superintendencia de Bancos ni en la de Pensiones se informa de la existencia de códigos internos que prohibe a sus funcionarios la tenencia de acciones, como sí ocurre de hecho con la Superintendencia de Valores. Con fecha 30 de septiembre se hizo llegar en esta última repartición una circular interna en que se daban a conocer todas las restricciones de sus funcionarios. Hacia allá quiere avanzar la Fiscalía Nacional Económica y no es descartable que lo copien otros organismos.
Me pregunto si los organismos públicos están al tanto de las exigencias que fija la ley 19.628.


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